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Si tienes una visa de residente permanente en Colombia otorgada bajo una norma anterior, hay una fecha que debes revisar con cuidado: el 31 de octubre de 2026.

La Cancillería recordó que ciertas personas extranjeras con visa de residente permanente deben realizar el traspaso obligatorio de su visa antes de esa fecha. Además, este trámite es un requisito indispensable para la expedición de la cédula de extranjería.

Dicho de forma sencilla: si llevas años viviendo legalmente en Colombia con una visa de residente antigua, no conviene asumir que todo sigue igual. Es importante verificar si estás obligado a hacer el traspaso y adelantarlo a tiempo.

En esta guía te explicamos:

  • quiénes deben hacer el trámite;
  • cuál es el plazo;
  • qué documentos suelen pedir;
  • cuánto cuesta;
  • qué ocurre si lo dejas pasar;
  • y cuándo conviene buscar asesoría legal.

El traspaso de visa es un procedimiento mediante el cual la Cancillería vuelve a expedir una visa en casos específicos, sin que eso signifique empezar todo el proceso migratorio desde cero.

Para los titulares de visa de Residente Permanente tipo R, la Cancillería indica que deben solicitar el traspaso cada cinco años. Además, existe una obligación especial para quienes tienen visas de residente permanente otorgadas bajo normativas anteriores.

Este punto es importante porque muchas personas creen que, por tener una visa “permanente”, ya no deben hacer ningún trámite adicional. Y ahí es donde empieza el enredo.

Deben prestar especial atención las personas extranjeras que:

  1. Tienen una visa de residente permanente vigente.
  2. Esa visa fue expedida bajo una regulación anterior.
  3. Aún no han realizado el trámite de traspaso exigido por la normativa actual.

La Cancillería informó que el plazo para adelantar este proceso fue ampliado hasta el 31 de octubre de 2026. También recordó que el trámite es obligatorio para quienes se encuentran dentro de ese grupo.

El plazo anunciado por la Cancillería es:

Hasta el 31 de octubre de 2026.

Aunque todavía hay tiempo, dejarlo para última hora no es buena idea. En trámites migratorios, esperar demasiado suele traer tres ingredientes que nadie pidió: documentos vencidos, requerimientos inesperados y estrés con sabor a “yo debí hacer esto antes”.

La recomendación sensata es revisar el caso con anticipación y organizar la documentación desde ahora.

Porque no se trata de una simple actualización sin consecuencias.

La Cancillería señaló que el traspaso de visa de residente permanente es requisito indispensable para la expedición de la cédula de extranjería por parte de Migración Colombia.

Esto puede impactar a personas que necesitan:

  • mantener su documentación migratoria al día;
  • identificarse formalmente en Colombia;
  • adelantar trámites ante entidades públicas o privadas;
  • evitar complicaciones en procesos administrativos posteriores.

En palabras simples: hacer el trámite a tiempo puede evitar problemas mayores más adelante.

La Cancillería establece que, además de los requisitos generales de una solicitud de visa, para el traspaso se deben presentar documentos específicos.

1. Copia de la visa que se desea traspasar

Debes adjuntar una copia de la visa de residente permanente sobre la cual vas a solicitar el trámite.

2. Copia de la cédula de extranjería, cuando aplique

Si cuentas con cédula de extranjería, debe anexarse dentro de la solicitud.

3. Certificado de movimientos migratorios

Este certificado es expedido por la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia y permite verificar el historial migratorio de la persona solicitante.

4. Carta explicando el motivo del traspaso

Debes presentar una carta donde manifiestes claramente la razón de la solicitud.

5. Documentos generales de la solicitud de visa

También se debe cumplir con los requisitos generales definidos por la Cancillería para presentar solicitudes de visa, como diligenciar el formulario en línea, cargar la documentación digitalizada y pagar la etapa de estudio correspondiente.

En el caso específico del traspaso de visa de Residente Permanente tipo R, la Cancillería precisa que no se exige aportar el documento que acredita la vigencia de las condiciones que dieron origen a la visa.

Esto diferencia este trámite de otros tipos de traspaso y evita que la persona tenga que reconstruir todo su expediente migratorio desde cero.

La Cancillería también contempla un escenario especial para quienes obtuvieron su visa de residente antes del año 2000 y no pueden aportar el documento original.

En esos casos, la persona puede presentar:

  • una carta juramentada explicando por qué no puede entregar el documento;
  • un certificado de movimientos migratorios ampliado con vigencia al año de expedición de la visa;
  • y la última cédula de extranjería expedida durante su permanencia en Colombia.

Este detalle es clave, porque muchos titulares de residencias antiguas no conservan todos los soportes físicos de décadas atrás.

El trámite se realiza de forma virtual, a través de la plataforma oficial dispuesta por la Cancillería para solicitudes de visa.

Eso significa que la persona puede:

  • diligenciar la solicitud en línea;
  • cargar sus documentos;
  • recibir requerimientos por la plataforma;
  • y avanzar en el proceso sin acudir inicialmente a una oficina física.

Sin embargo, la autoridad migratoria puede pedir documentos adicionales o incluso requerir la presentación física de originales cuando lo considere necesario.

Según la Resolución 03969 de 2026, el traspaso de visa tiene estos valores:

  • US$56 por el estudio de la solicitud.
  • US$56 por la expedición.
  • Total: US$112.

Cuando el pago se realiza en Colombia, el valor final en pesos depende de la tasa aplicable al momento del trámite.

También es importante tener en cuenta que el pago de la etapa de estudio no es reembolsable. Si la solicitud no avanza o debe presentarse de nuevo, se genera un nuevo pago.

La Cancillería ha insistido en que las personas obligadas deben realizar el trámite dentro del plazo establecido. No hacerlo puede generar dificultades para mantener actualizada la documentación migratoria y para obtener la cédula de extranjería.

Además, la propia página oficial de traspaso de visa advierte que, si el titular de una visa de Residente Permanente deja pasar la fecha de expiración, deberá aportar salvoconducto para realizar la solicitud.

En la práctica, dejar pasar el tiempo puede significar:

  • trámites más complejos;
  • mayor carga documental;
  • demoras;
  • requerimientos adicionales;
  • y más margen para cometer errores.

Paso 1. Revisa tu visa actual

Verifica la fecha de expedición, el tipo de visa y si corresponde a una residencia permanente otorgada bajo una normativa anterior.

Paso 2. Confirma si debes hacer el trámite

Si tienes dudas, conviene revisar tu caso antes de cargar documentos o hacer pagos.

Paso 3. Reúne la documentación

Ten listos:

  • copia de la visa;
  • cédula de extranjería, si aplica;
  • certificado de movimientos migratorios;
  • carta explicativa;
  • y los documentos generales requeridos para solicitud de visa.

Paso 4. Ingresa a la plataforma de visas de la Cancillería

La solicitud se presenta en línea mediante el sistema dispuesto por el Ministerio de Relaciones Exteriores.

Paso 5. Diligencia el formulario con cuidado

Los datos deben coincidir exactamente con los documentos. La Cancillería advierte que cualquier inexactitud puede generar inadmisión o negación de la solicitud.

Paso 6. Sube los archivos correctamente

Los documentos deben estar completos, legibles y en el formato solicitado.

Paso 7. Paga la etapa de estudio

Después de cargar la solicitud, la plataforma genera la referencia de pago. La normativa establece un plazo de 10 días calendario para hacer ese pago.

Paso 8. Atiende requerimientos si los recibes

Si la autoridad pide aclaraciones o soportes adicionales, debes responder dentro del término indicado.

Paso 9. Paga la expedición si el trámite es aprobado

Cuando la solicitud avanza favorablemente, se paga la etapa de expedición.

Estos son algunos errores frecuentes:

  • creer que la visa permanente nunca requiere actualización;
  • esperar hasta octubre de 2026 para empezar;
  • subir documentos ilegibles;
  • presentar información inconsistente;
  • omitir la carta de solicitud;
  • no revisar si se está dentro del grupo obligado a hacer el traspaso;
  • confundir este trámite con una visa nueva.

En migración, una casilla mal diligenciada puede costar más tiempo que una fila bancaria un lunes de quincena.

No.

Son documentos y trámites distintos:

  • La visa autoriza la permanencia de la persona extranjera en Colombia bajo una categoría migratoria.
  • La cédula de extranjería sirve como documento de identificación dentro del país.

Lo que ocurre es que, para quienes están obligados a realizar este traspaso, la Cancillería indicó que dicho trámite es indispensable para la expedición de la cédula de extranjería.

Puede ser recomendable contar con acompañamiento jurídico si:

  • no sabes si tu visa está dentro de las que deben hacer traspaso;
  • tu visa fue expedida hace muchos años;
  • no conservas ciertos documentos;
  • tu situación migratoria presenta inconsistencias;
  • recibiste un requerimiento;
  • necesitas evitar errores en la solicitud;
  • o simplemente quieres presentar el trámite con mayor seguridad.

Cada caso migratorio tiene matices. A veces la duda no está en “qué documento subir”, sino en si ese documento realmente sirve para tu situación concreta.

En DMG Abogados te ayudamos a revisar si estás obligado a realizar el traspaso de visa de residente permanente en Colombia, identificar los documentos aplicables a tu caso y presentar el trámite con mayor orden y seguridad.

Si tienes una visa de residente antigua o dudas sobre el plazo del 31 de octubre de 2026, puedes recibir acompañamiento jurídico para evitar errores, retrasos y cargas innecesarias.

Habla con un abogado y revisa tu caso a tiempo.

Preguntas frecuentes sobre el traspaso de visa de residente permanente

¿Hasta cuándo se puede hacer el traspaso de visa de residente permanente?

El plazo informado por la Cancillería vence el 31 de octubre de 2026 para las personas obligadas a realizar este trámite.

¿El traspaso es obligatorio?

Sí. La Cancillería indicó que las personas con visa de residente permanente otorgada bajo normativa anterior deben realizar el proceso de forma obligatoria.

¿Cuánto vale el traspaso de visa en 2026?

El valor oficial es de US$56 por estudio y US$56 por expedición, para un total de US$112.

¿Qué documentos se necesitan?

Entre otros, copia de la visa que se desea traspasar, copia de la cédula de extranjería cuando aplique, certificado de movimientos migratorios y carta explicando el motivo del trámite.

¿El trámite es virtual?

Sí. La Cancillería informó que se realiza de forma completamente virtual a través de su plataforma oficial.

¿Qué pasa si dejo pasar la fecha de expiración de mi visa?

La página oficial de Cancillería señala que el titular de visa de Residente Permanente que deje pasar la fecha de expiración deberá aportar salvoconducto para realizar la solicitud.

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