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Si lo citaron a la Fiscalía, no asuma de inmediato que existe una acusación en su contra, pero tampoco ignore la comunicación. Lo primero es verificar que la citación sea auténtica, identificar qué diligencia se realizará y establecer en qué calidad fue requerido.

No es lo mismo acudir como víctima o testigo que ser citado a un interrogatorio como indiciado. Si la comunicación indica que existe una investigación en su contra, menciona un interrogatorio de indiciado o no deja clara su situación, conviene revisar el caso antes de declarar o entregar información.

¿Recibió una citación y no sabe qué significa? En DMG Abogados podemos revisar el documento, determinar qué tipo de diligencia fue programada y orientarlo sobre los pasos adecuados según su situación.

¿Qué significa que lo citaron a la Fiscalía?

Una citación de la Fiscalía General de la Nación puede estar relacionada con diferentes actuaciones dentro de una investigación penal. Por eso, recibirla no significa por sí solo que usted haya sido acusado o declarado responsable de un delito.

Puede ser requerido, entre otras posibilidades, porque:

  • presentó una denuncia;
  • aparece como víctima;
  • tiene información relevante para una investigación;
  • será entrevistado como testigo;
  • existe una investigación en la que figura como posible autor o partícipe;
  • debe intervenir en una diligencia determinada.

La diferencia es fundamental.

La Ley 906 de 2004 establece, por ejemplo, que la Policía Judicial puede entrevistar a quien considere víctima, testigo presencial o persona con información útil para una indagación o investigación.

Distinto es el interrogatorio de indiciado. El artículo 282 del Código de Procedimiento Penal regula esta diligencia cuando el fiscal o servidor de Policía Judicial tiene motivos fundados para inferir que una persona podría ser autora o partícipe de la conducta investigada, sin que ello constituya todavía una formulación de imputación.

Por eso, antes de responder preguntas, lo primero es saber para qué lo están citando.

¿Qué debe revisar en una citación de la Fiscalía?

Lea el documento completo y conserve una copia.

Revise especialmente:

  • qué autoridad o despacho aparece;
  • nombre del funcionario que lo requiere;
  • fecha y hora;
  • lugar o modalidad de la diligencia;
  • clase de diligencia;
  • si se menciona que debe asistir con abogado;
  • número de noticia criminal o radicación, cuando aparezca;
  • calidad en que es requerido, si está indicada;
  • datos de contacto institucionales.

El artículo 173 de la Ley 906 de 2004 dispone que una citación debe indicar la clase de diligencia para la cual se requiere a la persona y si debe asistir acompañada de abogado. Cuando sea factible, también puede precisar información como el delito, fecha de comisión, víctima y número de radicación.

Esto no significa que todas las comunicaciones recibidas de la Fiscalía tengan exactamente el mismo formato. Por eso debe analizarse el documento concreto y la actuación a la cual corresponde.

¿Cómo saber si la citación de la Fiscalía es real?

Antes de enviar documentos, entregar información personal o seguir instrucciones recibidas por correo o mensajería, verifique la autenticidad de la comunicación.

La propia Fiscalía General de la Nación ha publicado orientación para que los ciudadanos identifiquen si una citación recibida por correo electrónico es auténtica. También dispone de herramientas oficiales para consultar información relacionada con casos.

Si tiene dudas:

  1. No elimine el correo o mensaje.
  2. Conserve el documento y los archivos recibidos.
  3. No entregue claves ni información bancaria.
  4. Verifique el despacho y el funcionario mediante canales institucionales.
  5. Revise el número de noticia criminal o radicación cuando lo tenga.
  6. Si la comunicación señala que usted está siendo investigado, considere una revisión jurídica antes de dar una versión de los hechos.

La Fiscalía mantiene canales oficiales de atención al ciudadano y una herramienta denominada “Consulta tu caso”.

Me citaron a la Fiscalía: ¿qué debo hacer?

1. Conserve la citación

Guarde el documento original, correo electrónico, mensaje y archivos adjuntos.

No dependa solamente de una captura de pantalla. Conserve también la fecha de recepción, dirección del remitente y demás información que pueda ser necesaria para verificar la comunicación.

2. Identifique la diligencia

Busque expresiones como:

  • entrevista;
  • interrogatorio de indiciado;
  • ampliación de denuncia;
  • declaración;
  • diligencia;
  • comparecencia;
  • número de noticia criminal.

Estas expresiones no significan lo mismo.

La Ley 906 diferencia, entre otras actuaciones, la entrevista realizada dentro de actividades de Policía Judicial y el interrogatorio dirigido específicamente a una persona considerada posible autora o partícipe de la conducta investigada.

3. Determine en qué calidad lo requieren

Este punto define prácticamente todo lo demás.

Puede estar relacionado con la investigación como:

Víctima o denunciante

La Fiscalía puede requerir información adicional, documentos, aclaraciones o actuaciones relacionadas con el caso que usted puso en conocimiento de las autoridades.

Testigo o persona con información

La Policía Judicial puede realizar entrevistas a personas que hayan presenciado hechos o tengan información útil para la investigación.

Indiciado

Es una situación diferente.

Si se trata de un interrogatorio de indiciado, el artículo 282 de la Ley 906 establece que antes de cualquier interrogatorio debe informarse a la persona su derecho a guardar silencio y a no declarar contra sí misma ni contra determinados familiares. Si decide declarar, la norma contempla la presencia de abogado.

4. No improvise una explicación del caso

Una reacción frecuente es llamar inmediatamente al funcionario o acudir con la intención de “explicar todo”.

Antes de hacerlo, determine primero qué actuación existe y cuál es su calidad dentro de ella.

Esto resulta especialmente importante cuando la investigación podría estar dirigida contra usted.

La Constitución colombiana protege el derecho a no ser obligado a declarar contra sí mismo ni contra el cónyuge, compañero permanente y determinados familiares.

5. Organice los documentos relacionados

Si conoce el asunto que originó la citación, organice la información cronológicamente.

Dependiendo del caso, pueden resultar relevantes:

  • contratos;
  • conversaciones;
  • correos electrónicos;
  • comprobantes;
  • fotografías;
  • videos;
  • documentos empresariales;
  • registros de llamadas;
  • comunicaciones anteriores con autoridades;
  • nombres de personas que conozcan los hechos.

No altere, elimine ni fabrique información.

La finalidad inicial es permitir que el abogado conozca qué ocurrió y qué soporte existe antes de definir una estrategia.

¿Qué derechos tiene si lo citaron como indiciado?

Cuando una persona advierte que existe una investigación penal en su contra, la protección del derecho de defensa no comienza únicamente cuando se produce una imputación.

La Corte Constitucional ha explicado que el derecho de defensa puede ejercerse antes de la formulación de imputación, durante las fases previas de indagación e investigación.

Además, el artículo 267 de la Ley 906 establece que quien sea informado o advierta que se adelanta una investigación en su contra puede asesorarse de abogado y desarrollar determinadas actividades destinadas a su defensa.

Entre los aspectos que deben tenerse presentes están:

  • derecho a asesorarse jurídicamente;
  • derecho a no ser obligado a autoincriminarse;
  • derecho a guardar silencio cuando corresponda;
  • posibilidad de organizar elementos útiles para su defensa dentro de los mecanismos permitidos por la ley;
  • posibilidad de ejercer la defensa antes de una eventual formulación de imputación.

Esto no significa que guardar silencio sea siempre la única estrategia adecuada.

La decisión de declarar, no declarar o aportar determinada información depende de las circunstancias concretas, de la actuación existente y del material conocido por la defensa.

¿Ser indiciado significa que ya le imputaron un delito?

No.

La formulación de imputación es una actuación procesal distinta.

El artículo 286 de la Ley 906 define la formulación de imputación como el acto mediante el cual la Fiscalía comunica formalmente a una persona su calidad de imputado ante un juez de control de garantías.

En cambio, el interrogatorio regulado por el artículo 282 puede practicarse a una persona respecto de la cual existen motivos fundados para inferir una posible participación sin hacerle todavía imputación alguna.

Esta diferencia es una de las razones por las que no conviene interpretar una citación únicamente por el miedo que genera el documento.

Primero debe establecerse la etapa y naturaleza de la diligencia.

¿Qué documentos llevar a una revisión con un abogado?

Para estudiar adecuadamente una citación, puede ser útil reunir:

  • copia completa de la citación;
  • sobre, correo o mensaje mediante el cual llegó;
  • número de noticia criminal o radicación;
  • documento de identidad;
  • denuncias o comunicaciones anteriores relacionadas;
  • una cronología breve de los hechos;
  • contratos o documentos relacionados con el asunto;
  • conversaciones relevantes;
  • nombres de personas que participaron o conocen lo sucedido.

No entregue indiscriminadamente todos esos documentos a terceros.

Primero identifique qué información es jurídicamente relevante y cómo debe conservarse o presentarse.

Si la citación indica que usted figura como indiciado, investigado o la diligencia no resulta clara, DMG Abogados puede revisar el documento y las circunstancias antes de que usted tome decisiones sobre su comparecencia o declaración.

Errores que debe evitar después de recibir una citación

Ignorar el documento

No es recomendable asumir que una citación desaparecerá si no responde.

Primero debe verificarse qué autoridad la expidió, qué actuación existe y qué consecuencias específicas puede tener la inasistencia en ese caso.

Asumir que ya fue acusado

Una citación puede responder a distintas razones y calidades.

Incluso un interrogatorio de indiciado no equivale por sí mismo a una formulación de imputación.

Dar una versión extensa sin conocer la diligencia

Antes de explicar los hechos es importante saber si usted interviene como víctima, testigo o persona investigada.

Eliminar mensajes o documentos

Si una conversación, archivo o documento está relacionado con los hechos, conservar su integridad puede ser importante.

No altere evidencia ni intente reconstruir documentos después.

Ponerse de acuerdo con otras personas sobre qué decir

Cada persona debe actuar conforme a la verdad y a sus obligaciones jurídicas. Intentar coordinar versiones puede generar problemas adicionales.

Enviar información sensible a contactos que no ha verificado

La Fiscalía ha advertido públicamente sobre la necesidad de comprobar la autenticidad de comunicaciones presentadas como citaciones institucionales.

¿Qué puede hacer un abogado penal antes de la diligencia?

Dependiendo del caso, un abogado puede:

  • revisar la citación;
  • verificar qué actuación aparentemente existe;
  • identificar la calidad jurídica en la que usted interviene;
  • explicarle sus derechos y obligaciones;
  • revisar los hechos y documentos disponibles;
  • establecer si existe una investigación contra usted;
  • ayudar a organizar información útil para la defensa;
  • preparar jurídicamente la diligencia;
  • acompañarlo cuando la naturaleza de la actuación lo requiera o lo aconseje.

El objetivo no es prometer un resultado, sino evitar que una persona tome decisiones importantes sin comprender primero la situación jurídica que enfrenta.

¿Cuándo conviene buscar un abogado penal?

Resulta especialmente razonable solicitar asesoría si:

  • la citación menciona “interrogatorio de indiciado”;
  • indica que debe asistir con abogado;
  • sabe que existe una denuncia en su contra;
  • no entiende en qué calidad fue citado;
  • la investigación está relacionada con actuaciones empresariales, contratos, dinero o documentos;
  • existen conversaciones, archivos digitales o información sensible involucrada;
  • ya tuvo comunicaciones anteriores con Policía Judicial o Fiscalía;
  • la fecha de la diligencia está próxima;
  • teme que sus respuestas puedan comprometerlo penalmente.

La Ley 906 reconoce expresamente la posibilidad de asesorarse de abogado aun antes de que exista una imputación formal cuando una persona sabe que se adelanta una investigación en su contra.

Preguntas frecuentes

¿Una citación de la Fiscalía significa que tengo una denuncia?

No necesariamente puede concluirse únicamente con el hecho de haber recibido una citación. Debe revisarse qué actuación existe, su número de radicación cuando esté disponible y en qué calidad fue requerido.

¿Me pueden citar solamente como testigo?

Sí. La Policía Judicial puede entrevistar a personas que hayan presenciado hechos o posean información útil para una investigación.

¿Qué significa que me citaron como indiciado?

Significa que debe analizarse si existe una investigación en la cual usted está siendo considerado posible autor o partícipe de los hechos. El artículo 282 regula específicamente el interrogatorio de indiciado y diferencia esta situación de una imputación formal.

¿Tengo derecho a guardar silencio?

La Constitución establece que nadie puede ser obligado a declarar contra sí mismo ni contra determinados familiares. En el interrogatorio de indiciado, además, la Ley 906 exige que se informe el derecho a guardar silencio y a no autoincriminarse.

¿Puedo tener abogado antes de que me imputen?

Sí. El artículo 267 de la Ley 906 permite que quien sepa que se adelanta una investigación en su contra se asesore de abogado, y la Corte Constitucional ha reconocido que el derecho de defensa puede ejercerse antes de la imputación.

¿Cómo verifico si la citación es auténtica?

Revise la información institucional del documento y contraste los datos mediante los canales oficiales de la Fiscalía. La entidad dispone además de orientación específica sobre autenticidad de citaciones y servicios de consulta para ciudadanos.

¿Debo llevar todos mis documentos a la Fiscalía?

No existe una respuesta universal. Depende de la diligencia, su calidad dentro de la investigación y la pertinencia jurídica de esos documentos. Si existe una investigación en su contra, conviene determinar primero con su defensa qué información resulta relevante y cómo debe manejarse.

Recibió una citación: actúe con información, no con suposiciones

Una citación de la Fiscalía puede tener significados muy diferentes. La clave está en identificar la diligencia, establecer en qué calidad fue requerido y conocer sus derechos antes de actuar.

Si existe una investigación en su contra, la legislación colombiana permite ejercer el derecho de defensa incluso antes de una eventual formulación de imputación.

DMG Abogados puede revisar su citación y las circunstancias del caso para orientarlo sobre el paso jurídico adecuado.

WhatsApp: 312 685 9872
Teléfonos: 739 7644 / 739 7645 / 312 685 9872
Dirección: Av. Calle 26 No. 102-20, piso 3, oficina 303, Buro 26, Bogotá.

Fuentes oficiales

  • Constitución Política de Colombia, artículo 33.
  • Ley 906 de 2004, reglas sobre citaciones.
  • Ley 906 de 2004, actividades de Policía Judicial y entrevistas.
  • Ley 906 de 2004, facultades de quien conoce una investigación en su contra.
  • Ley 906 de 2004, interrogatorio de indiciado.
  • Corte Constitucional, alcance del derecho de defensa antes de la imputación.
  • Fiscalía General de la Nación, orientación sobre autenticidad de citaciones y consultas ciudadanas.

Aviso informativo: Este contenido ofrece información general sobre la legislación colombiana y no reemplaza el análisis de un caso particular. La actuación adecuada depende de la naturaleza de la citación, la etapa procesal, la calidad en la que interviene la persona y las circunstancias concretas.

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