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Si lo despidieron en período de prueba, revise si ese período se acordó por escrito, si todavía estaba vigente y si le pagaron lo que corresponde. Estar a prueba no elimina sus derechos laborales. Una terminación válida puede no generar indemnización, pero eso no significa que la empresa pueda dejar de pagarle lo trabajado.

¿Tiene dudas sobre su despido? Agende una consulta con DMG Abogados para revisar su contrato, la carta de terminación y los pagos recibidos.

¿Cuándo es válido el período de prueba?

En los contratos laborales privados, el período de prueba permite evaluar las aptitudes del trabajador y las condiciones del empleo. No se presume simplemente porque usted acaba de ingresar.

  • Debe pactarse por escrito. Una explicación verbal de recursos humanos no reemplaza ese acuerdo.
  • Tiene un límite general de dos meses. Si se pactó menos tiempo, debe revisarse ese plazo concreto.
  • En contratos a término fijo inferiores a un año, no puede exceder la quinta parte del término inicial ni superar dos meses.
  • No puede repetirse en contratos sucesivos entre el mismo empleador y trabajador, salvo en el primero.

Por ejemplo, si el acuerdo establecía un mes y la empresa terminó el contrato después de ese plazo, no basta con afirmar que usted seguía “a prueba”. Deben revisarse las fechas y cualquier modificación válida.

Estas reglas están recogidas en los artículos 76 a 80 del Código Sustantivo del Trabajo y explicadas por la Corte Constitucional en la Sentencia T-978 de 2004.

¿Me deben pagar liquidación o indemnización?

Son conceptos distintos. La liquidación reúne los valores laborales pendientes al terminar el vínculo: salario, prestaciones proporcionales y compensación de vacaciones que correspondan, descontando lo ya pagado válidamente.

La indemnización por despido requiere otro análisis. Durante un período de prueba válido puede terminarse el contrato sin preaviso y, por regla general, sin indemnización por esa terminación.

Si el período no existía jurídicamente, había vencido o la decisión vulneró derechos, puede haber fundamento para reclamar. El resultado depende de las circunstancias y las pruebas del caso.

¿Qué situaciones conviene revisar con un abogado?

Solicite una valoración si no encuentra la cláusula escrita, si las fechas no coinciden o si la empresa pretende aplicar otra prueba después de renovar el contrato.

También conviene revisar una salida vinculada con embarazo, una condición de salud o un posible motivo discriminatorio.

El período de prueba no autoriza decisiones arbitrarias. La Corte ha señalado que la terminación debe apoyarse en una comprobación objetiva de las aptitudes para el cargo y respetar los derechos fundamentales. Así lo explica la Sentencia T-978 de 2004.

Una incapacidad, por sí sola, no permite concluir que todo despido sea ilegal. Es necesario estudiar la protección aplicable, lo que conocía el empleador y las pruebas disponibles.

Qué hacer después de recibir la terminación

  1. Pida copia de los documentos. Conserve contrato, anexos, comunicación de salida y detalle de la liquidación.
  2. Organice las fechas. Anote cuándo comenzó, cuándo firmó y cuándo terminó efectivamente el trabajo.
  3. Guarde las pruebas. Reúna evaluaciones, correos, mensajes y comprobantes de pago a los que tenga acceso legítimo.
  4. Revise antes de firmar. No firme una renuncia que no corresponde a su voluntad ni documentos en blanco. Lea cualquier acuerdo o paz y salvo.
  5. Defina qué necesita reclamar. Puede tratarse de corregir pagos, cuestionar la terminación o evaluar una protección especial. Cada objetivo exige un análisis diferente.

Documentos para consultar su caso

Para aprovechar la consulta, reúna:

  • Contrato de trabajo y sus modificaciones.
  • Carta o comunicación de terminación.
  • Desprendibles de nómina y comprobantes de pago.
  • Liquidación entregada por la empresa.
  • Evaluaciones y comunicaciones sobre su desempeño.
  • Documentos médicos y constancias de haber informado al empleador, cuando sean relevantes.

Si no tiene todo, prepare una cronología breve y señale qué documentos faltan. Esto ayuda a enfocar la consulta.

Preguntas frecuentes sobre el despido en período de prueba

¿Y si solo me dijeron verbalmente que estaba a prueba?

La regla exige acuerdo escrito. Sin él, deben analizarse las normas generales del contrato de trabajo. La Sentencia C-028 de 2019 reiteró esta exigencia también para el trabajo doméstico.

¿Me pueden despedir sin avisarme con anticipación?

Durante un período de prueba válido no se exige preaviso. Eso no elimina el pago de los derechos causados ni las protecciones constitucionales.

¿Todos estos casos terminan en demanda?

No. Primero se estudian los documentos, la respuesta de la empresa y las alternativas disponibles. Una demanda solo debe evaluarse con fundamentos y expectativas realistas.

Revise su despido con DMG Abogados

Una consulta con nuestros abogados laborales permite evaluar la cláusula de prueba, los pagos y las pruebas de su caso.

Antes de aceptar que no tiene nada que reclamar, revise sus documentos con un abogado. En DMG Abogados podemos orientarlo sobre los pasos que corresponden según su situación.

Agendar consulta por WhatsApp | Llamar: 312 685 9872

Atención en Bogotá: Av. calle 26 No. 102-20, piso 3, oficina 303, Buró 26.
Teléfonos: (601) 739 7644 / 739 7645.

Fuentes jurídicas

Información general para relaciones laborales privadas en Colombia. No sustituye el estudio individual del contrato y de las circunstancias de terminación.

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