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Utiliza herramientas como Mi Calculadora del Ministerio de Trabajo para estimar lo que te deben

Documenta:

  • Copias del contrato
  • Recibos de nómina
  • Historial de comunicaciones (correo, WhatsApp)
  • Detalle de montos y fechas

Invoca el Artículo 65 del CST para solicitar formalmente el pago. La empresa tiene hasta 15 días hábiles para responder

Si la respuesta es negativa o no responde, programa una cita con un inspector laboral. La conciliación es un requisito previo para demandar

El inspector puede intervenir para verificar créditos pendientes (salarios, prestaciones) .

Si no hay acuerdo, puedes presentar demanda en el juzgado laboral del lugar donde trabajaste o residas. Se puede incluir la sanción moratoria y las prestaciones adeudadas

  • Consultorios jurídicos (universidades)
  • Defensoría del Pueblo, Personería, sindicatos
  • La empresa puede consignar judicialmente los valores adeudados si se niega a pagar

La jurisprudencia permite un plazo “razonable” —una o dos semanas— para el pago, sin asumir que haya mala fe. Pero más de 15 días podría entenderse como incumplimiento y generar sanción moratoria

DMG Abogados ofrece:

  • Experiencia en derecho laboral colombiano
  • Preparación de Derecho de Petición y demandas
  • Acompañamiento desde la conciliación hasta la instancia judicial
  • Estrategias personalizadas para cada caso

Contacta a DMG Abogados a través de su web: www.dmgabogados.com.co o agenda una cita legal.

Llamar o escribir al  312 685 9872

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