Terminar una unión libre no debería ser un laberinto. Si conviviste como compañero(a) permanente y ahora quieres cerrar ese capítulo con orden, aquí te explico, en lenguaje claro, cómo se hace la declaración, la disolución y la liquidación de la sociedad patrimonial en Colombia, ya sea por notaría (cuando hay acuerdo) o por vía judicial (cuando no lo hay).
Antes de empezar: ¿hubo unión marital y sociedad patrimonial?
La unión marital de hecho (UMDH) existe cuando dos personas conviven de manera permanente e ininterrumpida con vocación de pareja. A partir de esa convivencia puede nacer una sociedad patrimonial entre compañeros permanentes (el “patrimonio común” creado con los esfuerzos de ambos).
Si nunca formalizaron nada por escrito, igual se puede declarar la UMDH y, con ello, disolver y liquidar la sociedad patrimonial que se formó durante la convivencia.
Rutas disponibles
- Notaría o conciliación: cuando ambas partes están de acuerdo sobre la existencia de la unión y sobre la repartición de bienes y deudas. Es más rápida y práctica.
- Juzgado: cuando no hay acuerdo sobre si existió la unión, su duración, los bienes, los aportes o las deudas. Un juez declara, disuelve y después se liquida (por acuerdo o por sentencia).
Paso a paso: declaración, disolución y liquidación
1) Declaración de la unión marital de hecho
- ¿Para qué sirve? Para dejar constancia legal de que existió la unión y fijar su fecha de inicio y de terminación.
- ¿Cómo se hace?
- Por mutuo acuerdo: escritura pública en notaría o acta en centro de conciliación.
- Sin acuerdo: demanda ante juez de familia para que declare judicialmente la UMDH.
2) Disolución de la sociedad patrimonial
- La disolución ocurre cuando termina la convivencia, por mutuo acuerdo, por decisión judicial o por otros hechos (por ejemplo, muerte de uno de los compañeros).
- En el documento (escritura, acta o sentencia) conviene dejar clara la fecha exacta de terminación, porque corta la “foto” del patrimonio común y evita discusiones sobre bienes posteriores.
3) Inventario y avalúos
- Se elabora un inventario de bienes y deudas adquiridos durante la unión (inmuebles, vehículos, ahorros, empresas, pasivos, etc.).
- Se valoran los bienes (peritajes o soportes válidos) y se identifican deudas a cargo del patrimonio común.
4) Liquidación y adjudicación
- Con acuerdo: en notaría o conciliación, se firma una partición que reparte bienes y deudas según lo pactado (50/50 o con ajustes por aportes, pasivos, mejoras, etc.).
- Sin acuerdo: el juez define cómo se reparte. Puede nombrar peritos y, al final, dicta sentencia de partición.
5) Registro de la liquidación
- Si hay inmuebles o bienes registrables, la partición se inscribe en las oficinas de registro correspondientes para que el cambio de titularidad quede oponible a terceros.
Hijos, alimentos y vivienda familiar (temas paralelos)
- La terminación de la UMDH no impide acordar o reclamar custodia, alimentos y visitas a favor de hijos menores o con discapacidad.
- Si hubo violencias o riesgos, se pueden pedir medidas de protección.
- El uso de la vivienda familiar se puede regular por acuerdo o por decisión judicial, según el caso.
Documentos útiles
- Copias de cédulas y registros civiles (de los compañeros y de los hijos, si aplica)
- Pruebas de convivencia: testimonios, afiliación a salud como beneficiario, contratos de arriendo, cuentas compartidas, fotos, correspondencia, etc.
- Soporte de bienes: certificados de tradición y libertad, tarjeta de propiedad de vehículos, extractos, escrituras, libros contables, certificados de acciones o cuotas
- Soporte de deudas: pagarés, extractos, contratos de crédito
- Avalúos o peritajes si ya los tienen
¿Cuándo conviene ir por notaría?
- Hay acuerdo sobre que existió la UMDH, su duración y la forma de dividir.
- Tienen claro el inventario y hay transparencia sobre bienes y deudas.
- Buscan rapidez y control de costos.
En estos casos, un(a) abogado(a) puede preparar minuta, soportes y llevarlos a notaría o a un centro de conciliación.
¿Cuándo toca ir al juez?
- Cuando una de las partes niega la unión o su duración.
- Cuando no hay acuerdo en el inventario, los avalúos, los porcentajes o las deudas.
- Cuando se necesita medida cautelar para proteger bienes mientras se decide.
Errores comunes que te pueden costar dinero
- Confiar en “lo verbal” y no fijar fechas (inicio y fin) de la unión.
- Ocultar bienes o deudas: puede traer nulidades, sanciones y demandas.
- Firmar sin avalúos: liquidaciones con valores “al ojo” suelen terminar en litigios.
- Olvidar el registro de la partición en bienes inmuebles o vehículos.
Preguntas frecuentes
¿Se puede declarar, disolver y liquidar todo en un solo trámite?
Sí, si hay acuerdo. En una misma escritura o acta se puede declarar la UMDH, disolver la sociedad patrimonial y liquidarla inmediatamente.
¿Y si no sabemos exactamente qué bienes hay?
Se puede hacer un inventario provisional, pedir información a bancos o entidades, y avanzar con peritajes. Si persiste el desacuerdo, el juez resuelve.
¿Qué pasa con lo que compré después de la ruptura?
En principio no entra al patrimonio común si la fecha de terminación quedó clara y probada.
¿Puedo reclamar aportes no económicos (cuidado del hogar, apoyo al negocio)?
Sí, se pueden valorar junto con la evidencia de cómo contribuyeron a la formación del patrimonio común.
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