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Caminar por cualquier ciudad en Colombia revela una escena que duele: adultos mayores solos, algunos pidiendo ayuda en las calles, otros aguantando hambre en silencio. Muchos no tienen ingresos, pensión ni apoyo familiar. Es fundamental que estas personas tengan acceso a información clara sobre cómo solicitar una cuota alimentaria y conocer sus derechos.

La demanda por alimentos no se refiere únicamente a comida. En el contexto legal colombiano, abarca todo lo necesario para el sustento de una persona: alimentación, vivienda, salud, vestuario y recreación. Los adultos mayores tienen derecho a solicitar esta ayuda a sus familiares cuando no pueden sostenerse por sí mismos.

La Constitución Política de Colombia, en su artículo 46, establece que el Estado, la sociedad y la familia deben concurrir para la protección y asistencia de las personas de la tercera edad. Además, la Ley 1850 de 2017 refuerza este compromiso, penalizando el maltrato intrafamiliar por abandono y estableciendo medidas de protección para los adultos mayores.

Según el Código Civil colombiano, están obligados a proporcionar alimentos:

  • Hijos e hijas.
  • Nietos o nietas.
  • Hermanos o hermanas.
  • Cónyuges o compañeros permanentes.

La obligación se determina en función del grado de parentesco y la capacidad económica de los familiares.

  1. Conciliación: Acudir a la comisaría de familia o al ICBF para intentar llegar a un acuerdo con los familiares obligados.
  2. Fijación de cuota provisional: Si no se logra un acuerdo, el comisario de familia puede fijar una cuota provisional.
  3. Demanda judicial: Si persiste el incumplimiento, el defensor de familia presentará una demanda ante el juez de familia.

Este proceso no requiere abogado y no tiene costo.

Es común que algunos hermanos colaboren mientras otros se desentienden. Esto genera conflictos y tensiones familiares. La ley busca equilibrar estas situaciones, asegurando que todos los obligados contribuyan según su capacidad económica.

En Colombia, más del 60% de los adultos mayores no cuentan con pensión. Muchos dependen de la solidaridad de vecinos o de ayudas estatales. Es crucial que conozcan sus derechos y las vías legales para exigir el apoyo de sus familiares.

La falta de información es uno de los mayores obstáculos. Muchos adultos mayores desconocen los pasos a seguir o temen represalias familiares. Es esencial difundir esta información de manera accesible y comprensible.

Cuando un adulto mayor tiene una discapacidad, el proceso es similar, pero se deben considerar apoyos adicionales para garantizar su participación efectiva en el proceso. La ley contempla medidas específicas para proteger a esta población.

  • ICBF: Brinda orientación y puede presentar demandas en nombre del adulto mayor.
  • Comisarías de familia: Realizan conciliaciones y fijan cuotas provisionales.
  • Defensoría del Pueblo: Ofrece asesoría y defensa de derechos.
  • Consultorios jurídicos: Proporcionan asesoría legal gratuita.

La vejez debe ser una etapa de respeto y cuidado, no de abandono. Es responsabilidad de la sociedad y de cada familia garantizar que nuestros adultos mayores vivan con dignidad y seguridad.


En DMG Abogados contamos con la experiencia y el compromiso para apoyarlo en todo el proceso legal.
¡Contáctenos hoy mismo y proteja los derechos de sus seres queridos!

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