DMG Abogados

La violencia física contra la mujer es un delito y una grave vulneración de derechos humanos. Esta guía, explica qué es, cómo reconocerla, a dónde acudir, qué pruebas conservar, qué medidas legales puedes pedir y cómo un abogado puede ayudarte a estar segura y respaldada.

Escríbenos o llámanos si necesitas ayuda.

Es cualquier acto que cause daño o sufrimiento corporal: golpes, empujones, patadas, quemaduras, estrangulamiento, uso de objetos o armas, o cualquier forma de agresión que afecte tu integridad. No importa si ocurre en la casa, en la calle, en el trabajo o en espacios digitales que escalan a agresión presencial. Si te lastiman, es violencia.

  • Empujarte, halarte el cabello, lanzarte objetos
  • Golpes en zonas que se ocultan con ropa para “no dejar marcas”
  • Impedirte salir o pedir ayuda (retención forzada)
  • Amenazas con armas o elementos contundentes
  • “Correcciones” o castigos físicos “por celos” o “por disciplina”
  • Aumento en frecuencia o gravedad de los golpes
  • Control extremo (celos, aislamiento, vigilancia de celular)
  • Amenazas de muerte o de hacer daño a hijos/familia
  • Consumo problemático de alcohol o drogas por parte del agresor
  • Acceso del agresor a armas
    Si notas una o varias, prioriza un plan de seguridad y busca asistencia inmediata.
  • Ley 1257 de 2008: protege a las mujeres contra todas las formas de violencia y establece medidas de atención y protección.
  • Violencia intrafamiliar (Código Penal): delito que puede llevar a investigación y sanciones penales.
  • Comisarías de Familia y Jueces: pueden dictar medidas de protección urgentes, incluso en 24 horas, sin necesidad de denuncia penal previa.
  • Fiscalía General de la Nación: investiga el delito; Policía apoya la protección inmediata; Medicina Legal realiza valoraciones.

(Nota: Estas normas son de aplicación general. Un abogado puede confirmar detalles específicos de tu caso, especialmente si hay cambios normativos o particularidades locales.)

  1. Emergencias: si tu vida corre riesgo, llama al 123.
  2. Línea 155: orientación para mujeres víctimas de violencia.
  3. Comisaría de Familia (o Juez si no hay Comisaría): solicita medidas de protección (salida del agresor del hogar, prohibición de acercamiento, protección policial, cuota provisional de alimentos, entre otras).
  4. Fiscalía: presenta denuncia penal por violencia intrafamiliar, lesiones personales u otros delitos relacionados.
  5. Atención médica: acude a un servicio de salud para valoración y registro de lesiones; pide copia de la historia clínica.
  6. Medicina Legal: solicita dictamen de lesiones (lo coordina Fiscalía o la autoridad).
  7. Acompañamiento legal: busca asesoría para asegurar medidas efectivas y seguimiento del proceso.
  • Fotografías/ videos de lesiones o del lugar de los hechos
  • Historias clínicas, incapacidades, fórmulas médicas
  • Chats, correos, audios con amenazas o agresiones
  • Testimonios de vecinos o familiares
  • Reportes policiales, actas de Comisaría o Fiscalía
    Guarda copias de seguridad y comparte con alguien de confianza o tu abogado.
  • Orden de no acercamiento y no contacto
  • Salida inmediata del agresor del hogar, cuando aplique
  • Protección policial y rondas de verificación
  • Prohibición de porte de armas
  • Traslado temporal a casa refugio (si existe en tu municipio)
  • Cuotas provisionales de alimentos y medidas respecto de hijas/os
    Estas medidas buscan frenar el riesgo ya, mientras avanza el proceso.
  • Ser tratada con dignidad, sin revictimización
  • Atención integral en salud y psicológica
  • Asesoría jurídica
  • Información clara sobre tu caso y decisiones
  • Solicitar y obtener medidas de protección
  • Acompañamiento en audiencias

¿Debo denunciar de inmediato?
Si hay riesgo, prioriza seguridad y medidas de protección. La denuncia penal puede presentarse tan pronto sea seguro para ti.

¿Y si dependo económicamente del agresor?
La ley permite medidas como cuotas provisionales y órdenes de alejamiento sin dejarte desprotegida. Un plan jurídico puede incluir temas de alimentos, custodia y separación.

¿Qué pasa si retiro la denuncia?
En violencia intrafamiliar la Fiscalía puede seguir investigando. Antes de tomar decisiones, asesórate.

¿Sin marcas visibles cuentan?
Sí. La agresión física no necesita “moretones” para ser delito; además, hay lesiones internas y pruebas testimoniales o digitales.

  • Ten a la mano documentos, dinero básico y contactos de emergencia
  • Define puntos seguros de salida y una palabra clave con alguien de confianza
  • Activa el altavoz al llamar en una emergencia para que terceros escuchen
  • Evita confrontaciones cuando el agresor está bajo efectos de sustancias
  • Si decides salir, hazlo en un momento seguro y con apoyo
  • Cuando necesitas medidas de protección urgentes
  • Si ya hubo denuncias previas o agresiones repetidas
  • Cuando hay niñas/niños involucrados
  • Si observas negligencia, demoras o respuestas insuficientes de autoridades
  • Para articular procesos penales, de familia y eventuales acciones de reparación

En DMG Abogados brindamos acompañamiento integral y confidencial: solicitud y seguimiento de medidas de protección, denuncia penal, articulación con salud y Medicina Legal, representación en Comisaría/Juzgado y estrategias de familia (alimentos, custodia, separación) ajustadas a tu realidad. Nuestro enfoque es claro, humano y efectivo.

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