DMG Abogados

La violencia contra la mujer no es solo “un problema de pareja”. Es una vulneración de derechos humanos que la ley colombiana sanciona. Aquí te explico, los tipos de violencia más comunes y, sobre todo, qué puedes hacer hoy para protegerte y exigir justicia.

¿Necesitas ayuda urgente? Llámanos o escríbenos ya. En DMG Abogados te atendemos de inmediato.

1) Violencia física

Golpes, empujones, patadas, quemaduras, estrangulamiento o cualquier agresión al cuerpo. Deja huellas visibles o clínicas y puede escalar rápidamente si no se interviene.

2) Violencia psicológica o emocional contra la mujer

Humillaciones, insultos, amenazas, control excesivo, celotipia, aislamiento de familia y amigos, chantaje, manipulación con los hijos o con dinero. Daña la autoestima y genera miedo.

3) Violencia sexual contra la mujer

Actos de naturaleza sexual sin consentimiento: desde tocamientos hasta acceso carnal violento o dentro de la pareja, coerción para prácticas sexuales, impedir el uso de métodos anticonceptivos o forzar a un embarazo/aborto.

4) Violencia económica o patrimonial contra la mujer

Quitar, esconder o dañar bienes; impedir trabajar o estudiar; controlar el dinero; no suministrar manutención; endeudar a la víctima sin su permiso.

5) Violencia simbólica y social contra la mujer

Mensajes, chistes, estereotipos o conductas que refuerzan la desigualdad o justifican el maltrato. Aunque parezca “cultural”, sostiene otras violencias.

6) Violencia digital contra la mujer

Acoso por redes, control de contraseñas, espionaje de chats, difusión de fotos íntimas sin consentimiento, geolocalización y amenazas por medios tecnológicos.

7) Violencia obstétrica

Trato deshumanizado durante el embarazo, parto o posparto: procedimientos sin consentimiento informado, burlas, negar acompañamiento o analgesia disponible.

8) Violencia institucional contra la mujer

Trabas, dilaciones, revictimización o exigencias indebidas cuando buscas ayuda ante autoridades, centros de salud o instituciones educativas.

Nota: En Colombia, la Ley 1257 de 2008 reconoce y sanciona múltiples manifestaciones de violencia contra las mujeres, y existen delitos específicos como la violencia intrafamiliar y el feminicidio.

Paso 1: Prioriza tu seguridad inmediata

  • Si hay riesgo, aléjate del agresor y busca un lugar seguro (familia, amigas, refugio, hotel).
  • Guarda números clave y prepara una “maleta de emergencia” (documentos, dinero básico, medicamentos, cargador).

Paso 2: Recolecta y protege la evidencia (no borres nada)

  • Fotos y videos de lesiones o daños.
  • Dictamen o historia clínica (acude a urgencias; solicita valoración de Medicina Legal).
  • Pantallazos de chats, correos, audios, publicaciones y registros de llamadas.
  • Testigos (vecinos, familiares, compañeros) y certificados laborales o escolares si hubo afectación.

Paso 3: Denuncia y activa medidas de protección

  • Presenta denuncia penal ante la Fiscalía o Policía. Describe hechos, fechas y aporta evidencias.
  • Acude a Comisaría de Familia para solicitar medidas de protección (alejamiento del agresor, suspensión de porte de armas, salida del agresor del hogar, fijación provisional de cuota alimentaria, entre otras).
  • Si hay niñas, niños o adolescentes afectados, informa de inmediato: su protección es prioritaria.

Paso 4: Atención en salud y apoyo psicosocial

  • Pide atención médica integral, anticoncepción de emergencia (si aplica) y profilaxis post-exposición en casos de violencia sexual.
  • Solicita atención psicológica. Llevar registro de terapias también ayuda como prueba.

Paso 5: Acciones civiles y de familia

  • Custodia y visitas seguras para hijos/as.
  • Cuota alimentaria.
  • Liquidación de sociedad patrimonial y reparación de daños materiales.
  • Regulación de uso y tenencia de vivienda.

Paso 6: Si te ponen trabas, exige tus garantías

  • Derecho a ser atendida sin revictimización y en tiempos razonables.
  • Derecho a intérprete si lo requieres.
  • Posibilidad de tutela o queja disciplinaria cuando una entidad incumple su deber de proteger.

La ruta mejora (y se acelera) con representación jurídica. Un equipo de abogados puede pedir medidas urgentes, estructurar la evidencia, negociar acuerdos seguros y litigar tu caso para sanciones y reparación.

  • Documenta desde ya: un cuaderno cronológico con fechas y hechos aumenta la credibilidad del caso.
  • No confrontes sola a la persona agresora, especialmente cuando vas a denunciar o a retirarte del lugar.
  • Cambia contraseñas y activa la verificación en dos pasos en tus cuentas.
  • Copia de seguridad: guarda evidencia en la nube y con una persona de confianza.
  • Plan de salida: acuerda una palabra clave con alguien de confianza para pedir ayuda sin alertar al agresor.

¿Puedo denunciar si el agresor es mi pareja o esposo?
Sí. La violencia en la pareja también es delito y no “se arregla en casa”.

¿Necesito testigos?
No siempre. Las pruebas médicas, peritajes y registros digitales son muy valiosos.

¿Y si dependo económicamente del agresor?
La ley contempla medidas para asegurar alimentos, uso de vivienda y, si corresponde, cuotas temporales mientras avanzan los procesos.

¿Qué pasa si me arrepiento de la denuncia?
Hay delitos que siguen adelante por su gravedad. Busca orientación jurídica antes de retractarte: tu seguridad es lo primero.

En DMG Abogados te acompañamos con enfoque humano y estratégico: activamos medidas urgentes, estructuramos tu caso y te representamos ante Comisaría, Fiscalía y jueces. Contáctanos:

  • WhatsApp: 312 685 9872
  • Correo: [email protected]
  • Teléfonos: 739 7644 / 739 7645 / 312 685 9872
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