Cada enero llega la misma duda: ¿en cuánto sube la cuota alimentaria? La respuesta es sencilla si sigues esta guía paso a paso. Aquí te explico qué dato usar, cómo calcularlo según tu caso y cómo dejar todo formalizado para 2026.
¿Qué dato define el reajuste en 2026?
En 2026 la cuota alimentaria no quedó “en un valor único” para todo el mundo. Lo que pasa es esto:
Cuando el papá o la mamá obligada a pagar gana exactamente un (1) salario mínimo, la referencia para calcular o ajustar la cuota sube automáticamente porque subió el salario mínimo decretado por el Gobierno. Para 2026, el Salario Mínimo Legal Mensual Vigente (sin auxilio de transporte) quedó en $1.750.905.
Y, además, la ley/criterio institucional indica que la cuota puede ser hasta el 50% del ingreso mensual del obligado (tope máximo).
Eso significa que, si la persona gana 1 salario mínimo, el techo de referencia sería aproximadamente $875.452,50 (en la práctica suele verse redondeado a $875.452).
En otras palabras: si el ingreso del obligado está atado al salario mínimo (o la cuota se pactó como porcentaje del salario/SMMLV), en 2026 la cuota tiende a subir porque el salario mínimo subió.
Qué tiene que ver el IPC con la cuota alimentaria
El IPC es el indicador que mide cómo suben (o bajan) los precios de lo que consumen los hogares; cuando sube, hablamos de inflación.
Por eso se usa como “regla de actualización” en muchos pagos fijos: para que no se queden “viejos” frente al costo de vida.
Entonces, ¿cuándo aplica en cuota alimentaria?
Depende de lo que diga el acta de conciliación o la sentencia:
- Si tu documento dice “se reajusta cada año con el IPC”
👉 Para 2026, normalmente se aplica el IPC anual (dic 2024 a dic 2025), que fue 5,10% según el DANE (publicado el 8 de enero de 2026).
Ejemplo rápido: cuota $500.000 → sube 5,10% → queda en $525.500. - Si tu documento dice “sube con el salario mínimo / % del SMMLV”
👉 Ahí no manda el IPC, manda el aumento del salario mínimo. Para 2026 el SMMLV quedó en $1.750.905 y el incremento fue 23%.
(Esto suele subir mucho más que el IPC.) - Si no dice ninguna fórmula de reajuste
👉 No es “automático”: toca pedir el aumento por conciliación o ante juez, mostrando razones (más gastos del menor, mejor ingreso del obligado, etc.).
Ojo clave (para no meter la pata)
ICBF lo resume así: el porcentaje de incremento es el que quedó acordado en el acta/sentencia (y ahí pueden dejar estipulado IPC o salario mínimo)
Dos ejemplos muy fáciles para calcular tu cuota alimentaria con el IPC o con el salario.
Ejemplo 1: cuando la cuota está en pesos (se ajusta por IPC)
- Lo pactado: $400.000 mensuales
- Dato: IPC del año anterior (usemos 6% como ejemplo)
- Cálculo: $400.000 × 1,06 = $424.000
- Resultado: en 2026 pagarías $424.000 al mes
Ejemplo 2: cuando la cuota está atada al salario mínimo
- Lo pactado: 0,5 SMMLV
- Dato: SMMLV 2026 (usemos $1.500.000 como ejemplo)
- Cálculo: 0,5 × $1.500.000 = $750.000
- Resultado: en 2026 pagarías $750.000 al mes
Pista rápida:
- Si tu cuota está en pesos, usa IPC.
- Si está en SMMLV (o en % del SMMLV), usa salario mínimo, no IPC.
¿El reajuste es automático?
Sí. Si tu acuerdo o sentencia no dice otra cosa, la cuota se reajusta cada 1.º de enero. Es una regla general del régimen de alimentos. Por eso, si en enero pagaste el valor anterior, tendrás que cubrir la diferencia (retroactivo).
¿Desde cuándo rige el nuevo valor?
Desde el 1.º de enero de 2026. Si ya pagaste un valor menor en enero, liquida la diferencia y consérvala como retroactivo.
¿Cómo lo dejo formalizado sin dolores de cabeza?
- Guarda soportes: copia del acuerdo/sentencia y tu cálculo.
- Comunica por escrito (correo o WhatsApp) el nuevo valor, con una línea explicando la fórmula aplicada (IPC o SMMLV).
- Paga a tiempo con el valor actualizado.
- Si hay discusiones, concilia en Comisaría/ICBF o acude al juez.
¿Puedo pedir aumento o disminución distinta al IPC?
Sí. Si cambió tu capacidad económica (más/menos ingresos) o cambiaron las necesidades del niño o niña (salud, educación, transporte), puedes pedir modificación de la cuota por conciliación o ante juez. No necesitas esperar a diciembre para eso.
Checklist express
- Documento base (acta o sentencia).
- Cálculo con IPC o SMMLV 2026, según aplique.
- Evidencia del envío de la notificación.
- Soportes de ingresos/gastos si vas a pedir modificación.
Errores comunes (y cómo evitarlos)
- Esperar a que “me avisen”: el reajuste opera cada 1.º de enero. Aplícalo y notifica.
- Subir por salario mínimo una cuota en pesos: si está en pesos, lo normal es IPC, salvo que el documento diga otra cosa.
- Olvidar el retroactivo de enero: si ya pagaste menos, complementa.
- No revisar el texto exacto: una palabra cambia la fórmula. Lee con lupa.
Preguntas rápidas
¿Qué pasa si son varios hijos?
La fórmula es la misma. Verifica si la cuota está definida por cada menor o global para todos, y reparte según el documento.
¿Puedo acordar otra fecha de ajuste?
Sí, si las partes lo pactaron así. Si no, aplica el 1.º de enero.
¿Qué soportes debo guardar?
Copia del documento, cálculo, comprobantes de pago y la comunicación enviada.
¿Quieres que hagamos el cálculo y la notificación por ti?
En DMG Abogados te ayudamos a:
- Revisar tu acta o sentencia y elegir la fórmula correcta
- Calcular el valor exacto para 2026
- Redactar y enviar la notificación formal
- Tramitar una modificación si tu situación cambió
Contacto DMG Abogados
WhatsApp: 312 685 9872
Correo: [email protected]
Teléfonos: 739 7644 / 739 7645 / 312 685 9872
Dirección: Av. Calle 26 No. 102-20, piso 3, oficina 303. Buro 26 – Bogotá, Colombia

