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Solicitar la custodia de un hijo en Colombia es un proceso legal que busca garantizar el bienestar del menor. En esta guía, te explicamos paso a paso cómo proceder, los requisitos necesarios y cómo DMG Abogados puede asistirte en este trámite.

La custodia se refiere al derecho y deber de cuidar, educar y convivir con un menor. Es importante diferenciarla de la patria potestad, que abarca derechos más amplios como la representación legal y la administración de bienes del hijo.

Tipos de custodia

  • Custodia exclusiva: Uno de los padres asume la responsabilidad principal del menor.
  • Custodia compartida: Ambos padres comparten responsabilidades y tiempo con el hijo, aunque no necesariamente en proporciones iguales.

En Colombia, pueden solicitar la custodia:

  • Padres biológicos: Independientemente de su estado civil.
  • Familiares cercanos: Como abuelos o tíos, en casos donde los padres no puedan ejercerla.
  • Personas con vínculo significativo: Quienes hayan tenido una relación estrecha con el menor y puedan demostrar que su custodia es en beneficio del niño.

Acuerdo voluntario

Si ambos padres están de acuerdo, pueden formalizar la custodia mediante:

  • Conciliación en el ICBF: Acudiendo a un Centro Zonal del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.
  • Notaría: Formalizando el acuerdo ante un notario público.

Proceso judicial

Cuando no hay acuerdo entre los padres:

  1. Presentar demanda: Ante el Juzgado de Familia del lugar de residencia del menor.
  2. Adjuntar documentos: Registro civil de nacimiento del menor, identificación de las partes y pruebas que respalden la solicitud.
  3. Audiencia: El juez evaluará las pruebas y escuchará a ambas partes antes de tomar una decisión.

El juez evaluará:

  • Interés superior del menor: Principio fundamental en decisiones relacionadas con niños.
  • Edad y madurez del menor: Dependiendo de su capacidad para expresar preferencias.
  • Entorno familiar y social: Estabilidad y condiciones del hogar propuesto.
  • Disponibilidad de tiempo: Capacidad del solicitante para atender al menor.
  • Situación económica: Ingresos y estabilidad financiera del solicitante.

El tiempo varía según la complejidad del caso:

  • Acuerdo voluntario: Puede resolverse en semanas.
  • Proceso judicial: Puede tardar varios meses, dependiendo de la carga del juzgado y la disponibilidad de pruebas.

Sí. Si cambian las circunstancias que dieron origen a la custodia, se puede solicitar una modificación ante el juez, presentando las pruebas correspondientes.

Aunque no es obligatorio, contar con un abogado especializado en derecho de familia puede facilitar el proceso y asegurar que se respeten tus derechos y los del menor.

En DMG Abogados, ofrecemos:

  • Experiencia en derecho de familia: Con un equipo especializado en casos de custodia.
  • Atención personalizada: Cada caso es único y merece un enfoque individualizado.
  • Acompañamiento completo: Desde la asesoría inicial hasta la resolución del proceso.

Contáctanos para una consulta y permite que te guiemos en este importante proceso.

¿Qué diferencia hay entre custodia y patria potestad?

La custodia se refiere al cuidado diario y convivencia con el menor, mientras que la patria potestad abarca derechos más amplios como representación legal y administración de bienes.

¿Puedo solicitar la custodia si no soy el padre biológico?

Sí, si puedes demostrar un vínculo significativo con el menor y que tu custodia es en su mejor interés.

¿Qué pasa si el otro padre no está de acuerdo con la custodia?

En ese caso, se debe iniciar un proceso judicial donde el juez evaluará las pruebas y decidirá lo mejor para el menor.

¿Quieres saber más? Visita nuestros artículos relacionados de temas de derecho familiar en Colombia, explicados por los expertos de DMG Abogados.

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